¿Podemos admirar la obra artística de un condenado?

Opiniones de los alumnos de 2º de Bachillerato a partir del artículo “Narcisismos” de Julio Llamazares, publicado en El País el 12/10/2019.

Por Roberto Santiago Barrios

A tenor del artículo “Narcisismos” de Julio Llamazares, a todos aquellos que hemos tenido la oportunidad de leerlo nos ha asaltado la siguiente duda: ¿se puede admirar una obra independientemente del autor? En este caso se alude a Jon Bienzobas, terrorista de ETA.

Desde mi punto de vista, la respuesta es clara, rotundamente no. Según la RAE, podemos interpretar como una obra “cualquier cosa hecha o producida por un individuo”. Dicho esto, cabe señalar con toda certeza que las mismas manos que realizaron esa obra, en otro tiempo arrebataron la vida a otro ser humano.

Según la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, todos los seres humanos tenemos derecho a la vida, la libertad y seguridad de nuestra persona. Así pues, tras leer el artículo de Llamazares seguro que hay un interrogante que nos asalta y sorprende: ¿cómo puede alguien admirar los cuadros realizados por gente como Bienzobas, terrorista y asesino del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente?

Solo mentes perturbadas, aleccionadas por el fanatismo político más sanguinario, pueden justificar que un terrorista cuyas manos están manchadas de sangre inocente, tenga derecho a exponer sus demenciales pensamientos en libertad, una facultad de la que ya no gozan sus víctimas, fuera de una celda de la que no debe salir jamás.

Este criterio es extensible a muchos más delitos, tales como asesinatos en serie, pederastia, violaciones… Todos ellos son delitos producidos por individuos de tan baja calaña que no solo no tendrían que tener derecho a exponer sus obras, sino también a respirar en libertad el mismo aire que sus víctimas (si es que viven para hacerlo, claro).

Por ello, es necesario que, en un país como el nuestro, el sistema judicial pueda contar entre sus instrumentos legales con penas de prisión más altas y, si es necesario, cadenas perpetuas para estos individuos, puesto que nada justifica infligir daño, agredir o violentar la integridad física de otra persona, por muy alto que sea el cargo o puesto que ostente. Creer en lo contrario no es más que un narcisismo sobrealimentado por personas que creen ver en el otro un objeto social y moral menor.

Mientras todo esto ocurra, seguiré depositando mi fe en la justicia, no por nada en particular, sino por convicciones propias, las mismas por las que no veré ninguna película producida por Harvey Weinstein o interpretada por actores que estén investigados por abusos sexuales a menores. Con todo, yo seguiré viendo Prison Break y, si mi fe depositada en la justicia da sus frutos, todos ellos también deberían verla.

Por Blanca Palomero Carrasco

Antes de plantear este complicado tema, debemos hacer una aclaración importante: la obra de un artista nunca justifica un comportamiento o una acción que pueda ser sancionada por la ley. Una vez que alguien haya cumplido su condena y se haya reinsertado en la sociedad, tiene derecho a expresar y trasmitir sus sentimientos y emociones en cualquier obra artística, porque el arte es una forma de expresión y vivimos en un país con libertad de expresión. Dicho esto, no se puede exigir la cancelación de su exposición, puesto que impide a otros disfrutar de ella. Alguien puede ser muy brillante en su arte, pero también puede ser despreciable como ser humano por otras acciones: atentados, violaciones…; sin embargo, no ha sido juzgado y encarcelado por sus pinturas o películas, sino por sus acciones en la vida. Por esto, independientemente de sus actos, la sociedad puede admirar sus obras artísticas.

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